# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 916

Clave: LFT
Artículo: 916
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 916
.- Una vez que se declare cerrada la instrucción, el Tribunal dictará sentencia dentro de los treinta días siguientes, la que deberá contener:
Párrafo reformado DOF
Un extracto de las exposiciones y peticiones de las partes;
Un extracto del dictamen de los peritos y de las observaciones que hubiesen hecho las partes;
Una enumeración y apreciación de las pruebas y de las diligencias practicadas por el Tribunal;
Fracción reformada DOF
Un extracto de los alegatos; y
Señalará los motivos y fundamentos que puedan servir para la solución del conflicto.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 916.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
