# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 964

Clave: LFT
Artículo: 964
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 964
.- Si el embargo recae en una empresa o establecimiento, se observarán las normas siguientes:
El depositario será interventor con cargo a la caja, estando obligado a:
Vigilar la contabilidad:
Administrar el manejo de la negociación o empresa y las operaciones que en ella se practiquen, a fin de que produzcan el mejor rendimiento posible; y los demás actos inherentes a su cargo.
Si el depositario considera que la administración no se hace convenientemente o que pueda perjudicar los derechos del embargante, lo pondrá en conocimiento del juez, para que éste, oyendo a las partes y al interventor en una audiencia, resuelva lo que estime conveniente, y
Fracción reformada DOF
Siempre que el depositario sea un tercero, otorgará fianza ante el Tribunal, por la suma que se determine y rendirá cuenta de su gestión en los términos y forma que señale el mismo;
Fracción reformada DOF
Una vez designado el interventor con cargo a la caja, el Tribunal dentro de los tres días siguientes, comunicará la designación a la Comisión Nacional Bancaría y de Valores, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, u homólogos, a la Administradora de Fondos para el Retiro correspondiente, al Sistema de Administración Tributaria, así como a los deudores y acreedores cuyo domicilio proporcione el patrón embargado, y
Fracción adicionada DOF
El embargado dentro de los tres días siguientes, exhibirá al Tribunal la documentación e información necesaria que deba ser del conocimiento del interventor con cargo a la caja.
Fracción adicionada DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 964.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
