# Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias - Artículo 34 quinquies

Clave: LGAMVLV
Artículo: 34 quinquies
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 34 quinquies
.- Las autoridades competentes deberán de establecer los lineamientos básicos para la implementación de las órdenes de protección en coordinación con las instancias responsables de atenderlas e implementarlas.
En los casos donde presuntamente exista conexidad con delitos de competencia federal, las órdenes de protección deberán ser otorgadas por la Fiscalía General de la República y en caso de que lo amerite por una jueza o juez federal.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias, artículo 34 quinquies.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
