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law_title: "Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias"
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# Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias - Artículo 50

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO III
- CAPÍTULO III - DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LAS VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES
- Sección recorrida (antes Sección Décima) DOF 04-06-2015. Denominación reformada DOF 29-04-2022

```text
ARTÍCULO 50.- Corresponde a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con esta ley y las leyes locales en la materia y acorde con la perspectiva de género, las siguientes atribuciones:
Párrafo reformado DOF 29-04-2022

I. 	Instrumentar y articular, en concordancia con la política nacional y estatal, la política municipal orientada a erradicar la violencia contra las mujeres;

I Bis.	Promover espacios y transportes públicos, libres de todo tipo de violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas; 
Fracción adicionada DOF 26-01-2024

II. 	Coadyuvar con la Federación y las entidades federativas, en la adopción y consolidación del Sistema;

III. 	Promover, en coordinación con las entidades federativas, cursos de capacitación a las personas que atienden a víctimas;

IV. 	Ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento del Programa;

V. 	Apoyar la creación de programas de reeducación integral para los agresores;

VI. 	Promover programas educativos sobre la igualdad y la equidad entre los géneros para eliminar la violencia contra las mujeres;

VII. 	Apoyar la creación, operación o el fortalecimiento de refugios para las víctimas, sus hijas e hijos de acuerdo con las condiciones establecidas en el Capítulo V de la presente Ley;
Fracción reformada DOF 19-06-2017

VIII. 	Participar y coadyuvar en la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres;

IX. 	Llevar a cabo, de acuerdo con el Sistema, programas de información a la población respecto de la violencia contra las mujeres;

X. 	Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia;
Fracción reformada DOF 29-04-2022

XI. 	Realizar las acciones necesarias para implementar las medidas establecidas en la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres;
Fracción adicionada DOF 29-04-2022. Reformada DOF 16-12-2024

XII. 	Cumplir con las facultades y responsabilidades que le corresponden y que se derivan de la operación del Registro Nacional, en términos de lo dispuesto en la presente ley y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y
Fracción adicionada DOF 16-12-2024

XIII. 	La atención de los demás asuntos que en materia de violencia contra las mujeres les conceda esta ley u otros ordenamientos legales.
Fracción recorrida DOF 29-04-2022, 16-12-2024
Artículo publicado íntegro DOF 04-06-2015
```

## Resumen corto

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Regla de LGAMVLV sobre regla aplicable: Corresponde a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con esta ley y las leyes locales en la materia y acorde con la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con esta ley y las leyes locales en la materia y acorde con la perspectiva de género, las siguientes atribuciones:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 50 LGAMVLV, regla aplicable, artículo 50 ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencias

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 50 de LGAMVLV.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública (`LGSNSP`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 50 de LGAMVLV?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con esta ley y las leyes locales en la materia y acorde con la perspectiva de género, las siguientes atribuciones:

### ¿Para qué sirve artículo 50?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgamvlv.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGAMVLV.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
