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law_title: "Ley General De Bibliotecas"
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# Ley General De Bibliotecas - Artículo 37

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO X - Del Depósito Legal de Publicaciones

```text
Artículo 37. Todos los editores y productores de los materiales mencionados en los artículos 33 y 34 de esta Ley, deberán entregar ejemplares de todas sus ediciones y producciones, de acuerdo con lo siguiente:

I.	Dos ejemplares a la Biblioteca de México;

II.	Dos ejemplares a la Biblioteca del Congreso de la Unión, y

III.	Dos ejemplares a la Biblioteca Nacional de México.

En el caso de las obras publicadas en formatos electrónico, analógico o digital, se entregará un solo ejemplar por institución con los materiales complementarios que permitan su consulta y preservación.
```

## Resumen corto

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Regla de LGB sobre regla aplicable: Todos los editores y productores de los materiales mencionados en los artículos 33 y 34 de esta Ley, deberán entregar ejemplares de todas sus ediciones y producciones...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Todos los editores y productores de los materiales mencionados en los artículos 33 y 34 de esta Ley, deberán entregar ejemplares de todas sus ediciones y producciones, de acuerdo con lo siguiente:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 37 LGB, regla aplicable, artículo 37 ley general de bibliotecas, Biblioteca, Biblioteca de México, Biblioteca del Congreso de la Unión, Biblioteca Nacional de México, Preservación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 37 de LGB.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Biblioteca | Espacio dispuesto para la consulta de acervos de publicaciones impresas, digitales o virtuales, o una combinación de ellas, de carácter general o especializado, catalogados y clasificados en los términos de normas técnicas y administrativas aplicables | 2 |
| Biblioteca de México | Al conjunto de acervos y recursos que integran los repositorios de la Biblioteca de La Ciudadela José Vasconcelos, localizada en el inmueble de La Ciudadela, y la Biblioteca Vasconcelos, localizada a un costado de la antigua estación de ferrocarriles de la Ciudad de México. Ambas dependientes de la Secretaría de Cultura y adscritas a la Dirección General de Bibliotecas | 2 |
| Biblioteca del Congreso de la Unión | Institución que reúne los fondos documentales y bibliográficos del Congreso de la Unión y es facultada, a partir del decreto del 24 de diciembre de 1936, para recibir dos ejemplares de cada libro o periódico que se publiquen en el país a través del Depósito Legal | 2 |
| Biblioteca Nacional de México | Institución que resguarda el acervo patrimonial y que tiene como finalidad integrar, organizar, preservar y facilitar la consulta. Está constituida por los materiales publicados en el país recibidos desde 1850 a través del Depósito Legal, la compra y la donación. Es custodiada por la Universidad Nacional Autónoma de México desde el año de 1929 | 2 |
| Preservación | Conjunto de actividades administrativas y económicas orientadas a prevenir el deterioro de los documentos, garantizando así la permanencia física de los acervos y de la información contenida en ellos | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 37 de LGB?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Todos los editores y productores de los materiales mencionados en los artículos 33 y 34 de esta Ley, deberán entregar ejemplares de todas sus ediciones y producciones, de acuerdo con lo siguiente:

### ¿Para qué sirve artículo 37?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgb.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGB.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGB.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
