# Ley General De Bienes Nacionales - Artículo cuarto

Clave: LGBN
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
.- Los inmuebles a que se refiere la fracción V del artículo
6
de
esta Ley
, son los nacionalizados a que se refiere el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, que las iglesias y agrupaciones religiosas hubiesen administrado o utilizado con anterioridad al 29 de enero de 1992, incluyendo aquéllos respecto de los cuales, a la fecha de entrada en vigor del
presente ordenamiento
, aún no se hubiere expedido la resolución judicial o la declaración administrativa correspondiente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Bienes Nacionales, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
