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law_title: "Ley General De Cambio Climático"
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# Ley General De Cambio Climático - Artículo 48

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - SISTEMA NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO
- CAPÍTULO II - COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

```text
Artículo 48. El presidente de la comisión tendrá las atribuciones siguientes:

I. Coordinar, dirigir y supervisar los trabajos de la comisión, y asumir su representación en eventos relacionados con las actividades de la misma;

II. Proponer la formulación y adopción de las políticas, estrategias y acciones necesarias para el cumplimiento de los fines de la comisión;

III. Presidir y convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la comisión;

IV. Proponer el programa anual del trabajo de la comisión y presentar el informe anual de actividades;

V. Firmar en su carácter de representante de la autoridad nacional designada conforme al mecanismo de desarrollo limpio, las cartas de aprobación de proyectos que se emitan para determinar que los proyectos respectivos promueven el desarrollo sustentable del país;

VI. Designar a los integrantes del Consejo Consultivo de Cambio Climático de entre los candidatos propuestos por los integrantes de la comisión y conforme a los mecanismos que al efecto se determinen en su Reglamento Interno;

VII. Suscribir los memorandos de entendimiento y demás documentos que pudieran contribuir a un mejor desempeño de las funciones de la comisión;

VIII. Promover el desarrollo de proyectos del mecanismo de desarrollo limpio en el país con las contrapartes de la comisión en otras naciones, así como sus fuentes de financiamiento, y

IX. Las demás que se determinen en el Reglamento Interno de la Comisión o se atribuyan al Presidente por consenso.
```

## Resumen corto

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Regla de LGCC sobre competencia de autoridades: El presidente de la comisión tendrá las atribuciones siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El presidente de la comisión tendrá las atribuciones siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 48 LGCC, competencia de autoridades, artículo 48 ley general de cambio climatico, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGCC, Cambio climático, Comisión, Consejo, Programa, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 48 de LGCC.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Cambio climático | Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables | 3o |
| Comisión | Comisión Intersecretarial de Cambio Climático | 3o |
| Consejo | Consejo de Cambio Climático | 3o |
| Programa | Programa Especial de Cambio Climático | 3o |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 48 de LGCC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El presidente de la comisión tendrá las atribuciones siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 48?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgcc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGCC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
