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law_title: "Ley General De Cultura Física Y Deporte"
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# Ley General De Cultura Física Y Deporte - Artículo 149

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto - De la Cultura Física y el Deporte
- Capítulo VII - De las Infracciones, Sanciones y Delitos

```text
Artículo 149. Contra las resoluciones de los organismos deportivos que impongan sanciones, proceden los recursos siguientes:

I. Recurso de inconformidad, tiene por objeto, impugnar las resoluciones y se promoverá ante la instancia inmediata en orden ascendente dentro de la estructura deportiva nacional, y

II. Recurso de apelación, el cual se promoverá ante la CAAD.

Para efectos de este artículo, se entiende por estructura deportiva nacional, la distribución y orden que guardan entre sí las autoridades deportivas y los integrantes del asociacionismo deportivo del país.
```

## Resumen corto

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Regla de LGCFD sobre sanciones y cumplimiento: Contra las resoluciones de los organismos deportivos que impongan sanciones, proceden los recursos siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Contra las resoluciones de los organismos deportivos que impongan sanciones, proceden los recursos siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 149 LGCFD, sanciones y cumplimiento, artículo 149 ley general de cultura fisica y deporte, sanciones, multas, incumplimiento legal, CAAD

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 149 de LGCFD.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| CAAD | La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 149 de LGCFD?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Contra las resoluciones de los organismos deportivos que impongan sanciones, proceden los recursos siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 149?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgcfd.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGCFD.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCFD.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
