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law_title: "Ley General De Cultura Física Y Deporte"
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# Ley General De Cultura Física Y Deporte - Artículo 88

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto - De la Cultura Física y el Deporte

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Artículo 88. La cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano.

La Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se coordinarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, involucrando la participación de los sectores social y privado, para realizar las acciones generales siguientes:
Párrafo reformado DOF 19-01-2018

I. 	Difundir programas y actividades que den a conocer los contenidos y valores de la cultura física y deportiva;

II. 	Promover, fomentar y estimular las actividades de cultura física con motivo de la celebración de competiciones o eventos deportivos;

III. 	Promover, fomentar y estimular las investigaciones sobre la cultura física y los resultados correspondientes;

IV. 	Promover, fomentar y estimular el desarrollo de una cultura deportiva nacional que haga del deporte un bien social y un hábito de vida;

V. 	Difundir el patrimonio cultural deportivo;

VI. 	Promover certámenes, concursos o competiciones de naturaleza cultural deportiva, y

VII. 	Las demás que dispongan otras leyes u ordenamientos aplicables.

Los Juegos Tradicionales y Autóctonos y la Charrería serán considerados como parte del patrimonio cultural deportivo del país y la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en el ámbito de sus respectivas competencias deberán preservarlos, apoyarlos, promoverlos, fomentarlos y estimularlos, celebrando convenios de coordinación y colaboración entre ellos y con las Asociaciones Deportivas Nacionales y Asociaciones Deportivas de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México correspondientes.
Párrafo reformado DOF 19-01-2018
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## Resumen corto

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Regla de LGCFD sobre regla aplicable: La cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 88 LGCFD, regla aplicable, artículo 88 ley general de cultura fisica y deporte

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 88 de LGCFD.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 88 de LGCFD?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano.

### ¿Para qué sirve artículo 88?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgcfd.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGCFD.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCFD.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
