# Ley General De Cultura Física Y Deporte - Artículo décimo

Clave: LGCFD
Artículo: décimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
décimo.
. Para los efectos de la integración y actualización del Registro Nacional de Cultura Física y Deporte de conformidad con el artículo
30
, fracción XIII de la Ley, las Asociaciones Deportivas Nacionales reconocidas en los términos de la
presente Ley
, deberán acreditar en un plazo no mayor de ciento ochenta días naturales, que cumplen con lo dispuesto en el artículo
54
de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Cultura Física Y Deporte, artículo décimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
