# Ley General De Contabilidad Gubernamental - Artículo 12

Clave: LGCG
Artículo: 12
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 12
.- El comité se integra por:
Los miembros de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, a que se refiere la
Ley de Coordinación Fiscal
, con excepción del Secretario de Hacienda y Crédito Público;
Un representante de los municipios por cada grupo de las entidades federativas a que se refiere el artículo
20
, fracción III, de la
Ley de Coordinación Fiscal
;
Un representante de la Auditoría Superior de la Federación;
Un representante de las entidades estatales de fiscalización;
El Director General del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas;
Un representante de la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos;
Un representante del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y
Los representantes de otras organizaciones de profesionales expertos en materia contable que sean invitados por el consejo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Contabilidad Gubernamental, artículo 12.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
