# Ley General De Contabilidad Gubernamental - Artículo 31

Clave: LGCG
Artículo: 31
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 31
.- Cuando se realice la transición de una administración a otra, los bienes que no se encuentren inventariados o estén en proceso de registro y hubieren sido recibidos o adquiridos durante el encargo de su administración, deberán ser entregados oficialmente a la administración entrante a través de un acta de entrega y recepción. La administración entrante realizará el registro e inventario a que se refiere
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Contabilidad Gubernamental, artículo 31.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
