# Ley General De Contabilidad Gubernamental - Artículo 66

Clave: LGCG
Artículo: 66
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 66
.- La Secretaría de Hacienda publicará en el
los calendarios de ingresos y de presupuesto de egresos en los términos de la
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
.
Las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios deberán publicar en Internet, los calendarios de ingresos así como los calendarios de presupuesto de egresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el consejo.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Contabilidad Gubernamental, artículo 66.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
