# Ley General De Contabilidad Gubernamental - Artículo 84

Clave: LGCG
Artículo: 84
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 84
.- Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la
presente Ley
y demás disposiciones aplicables en la materia, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; las leyes equivalentes de las entidades federativas, y las demás disposiciones aplicables en términos del Título Cuarto de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y de las constituciones de las entidades federativas.
Párrafo reformado DOF
Las responsabilidades administrativas se fincarán, a quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que, por la naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que impliquen dolo, culpa, mala fe o negligencia por parte de los mismos.
Artículo reformado y recorrido (antes artículo 56) DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Contabilidad Gubernamental, artículo 84.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
