# Ley General De Comunicación Social - Artículo 6

Clave: LGCS
Artículo: 6
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 6
.- [ Serán aplicables de manera supletoria, en lo conducente, las disposiciones contenidas en la
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
, la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
, la
Ley General de Responsabilidades Administrativas
, la
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
y la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
.
Los Medios de Comunicación tienen garantizado el pleno ejercicio del desarrollo a la libertad de expresión en la contratación y difusión de propaganda gubernamental, en términos de los artículos
6o
. y
7o
. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
. ]
Artículo reformado DOF
Artículo declarado inválido por Resolutivos de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificados para efectos legales el 08-05-2023
Artículo que “recupera su vigencia con el texto que tenía al 27 de diciembre de 2022” por Engrose de sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificado el
y publicado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Comunicación Social, artículo 6.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
