# Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 16

Clave: LGDFS
Artículo: 16
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 16
. La Comisión tendrá su domicilio en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, pudiendo establecer promotorías, delegaciones o gerencias regionales, estatales, así como representaciones estatales, o en el extranjero que sean necesarias para cumplir con su objeto conforme a sus requerimientos y disponibilidad presupuestal.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 16.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
