# Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 5

Clave: LGDFS
Artículo: 5
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 5
. La propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde a los ejidos, las comunidades, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas físicas o morales, la Federación, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México que sean propietarios de los terrenos donde aquéllos se ubiquen. Los procedimientos establecidos por
esta Ley
no alterarán el régimen de propiedad de dichos terrenos.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 5.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
