# Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 57

Clave: LGDFS
Artículo: 57
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 57
. Las mediciones de las materias primas forestales, sus productos y subproductos, para efectos de lo dispuesto en la
presente Ley
y su Reglamento, deberán hacerse con el Sistema General de Unidades de Medida. En caso de madera en rollo o en escuadría se deberá realizar a su dimensión total.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 57.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
