# Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 64

Clave: LGDFS
Artículo: 64
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 64
. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la
presente Ley
, se extinguen por cualquiera de las causas siguientes:
Párrafo reformado DOF
Vencimiento del término por el que se hayan otorgado;
Renuncia del titular;
Muerte del titular, salvo que exista designación expresa de beneficiarios, o en el caso de personas morales, por disolución o liquidación;
Desaparición de su finalidad o del recurso objeto de la autorización;
Cuando se decreten áreas o vedas forestales en la superficie autorizada en los términos previstos en la
presente Ley
, y
Cualquiera otra prevista en las leyes o en la autorización misma, que hagan imposible o inconveniente su continuación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 64.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
