# Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 89

Clave: LGDFS
Artículo: 89
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 89
. La Comisión promoverá el conocimiento tradicional del uso de los recursos forestales de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y ejidos.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 89.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
