# Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas - Artículo séptimo

Clave: LGDLPI
Artículo: séptimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
séptimo.
. En relación con la fracción VI del artículo
13
de la
presente Ley
, en el caso de que las autoridades educativas correspondientes no contaran con el personal capacitado de manera inmediata, éstas dispondrán de un plazo de hasta dos años, a partir de la publicación de la
presente Ley
, para formar al personal necesario. Con el fin de cumplir cabalmente con dicha disposición, las normales incluirán la licenciatura en educación indígena.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas, artículo séptimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
