# Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas - Artículo tercero

Clave: LGDLPI
Artículo: tercero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
tercero.
. El catálogo a que hace referencia el artículo
20
de la
Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
, deberá hacerse dentro del plazo de un año siguiente a la fecha en que quede constituido el Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, conforme al artículo transitorio anterior.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas, artículo tercero.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
