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law_key: LGDNNA
title: Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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# Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes

## Resumen de la ley

La Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y regula las bases para garantizar su ejercicio, protección y restitución. Crea el Sistema Nacional de Protección Integral, define principios rectores como interés superior de la niñez, distribuye competencias entre autoridades, establece derechos específicos, medidas de protección especial, adopción, centros de asistencia social, procuradurías de protección, responsabilidades y mecanismos de coordinación.

## Qué regula

- Derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.
- Principios de interés superior, igualdad, no discriminación, autonomía progresiva, participación e inclusión.
- Sistema Nacional de Protección Integral y sistemas locales.
- Procuradurías de protección y medidas de protección especial.
- Derecho a identidad, salud, educación, familia, participación, privacidad, protección contra violencia y acceso a justicia.
- Adopción, acogimiento, centros de asistencia social y restitución de derechos.
- Obligaciones de autoridades, familias, instituciones y sociedad.

## A quién aplica

- A niñas y niños menores de doce años y adolescentes de doce a menos de dieciocho años.
- A madres, padres, tutores, personas cuidadoras y familiares.
- A autoridades federales, estatales, municipales, judiciales, legislativas y organismos autónomos.
- A instituciones públicas, privadas y sociales que atienden a niñas, niños y adolescentes.
- A centros de asistencia social, procuradurías de protección, escuelas, servicios de salud y sociedad en general.

## Materias principales

- Protección integral de derechos de la niñez y adolescencia.
- Interés superior de la niñez.
- Sistemas de protección y procuradurías.
- Medidas especiales de protección y restitución de derechos.
- Identidad, familia, salud, educación, inclusión y participación.
- Prevención de violencia, discriminación y vulneración de derechos.

## Definiciones importantes

| Concepto | Explicación sencilla |
| --- | --- |
| Acciones afirmativas | Medidas temporales correctivas o compensatorias para acelerar igualdad sustantiva. |
| Acogimiento residencial | Cuidado alternativo brindado por centros de asistencia social, subsidiario y de último recurso. |
| Ajustes razonables | Modificaciones necesarias para garantizar derechos en igualdad, especialmente ante discapacidad. |
| Centro de Asistencia Social | Espacio de cuidado alternativo o acogimiento para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar. |
| Certificado de Idoneidad | Documento que acredita aptitud de solicitantes de adopción. |
| Interés superior de la niñez | Criterio primordial para decisiones que afecten a niñas, niños o adolescentes. |
| Sistema Nacional DIF | Institución relacionada con asistencia social y protección de derechos en coordinación con sistemas locales. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos orientativos | Qué revisar |
| --- | --- | --- |
| Objeto y principios | 1 a 9 | Titularidad de derechos, competencias y principios rectores. |
| Derechos generales | 10 a 101 | Derechos a vida, identidad, familia, salud, educación, inclusión, participación y privacidad. |
| Protección especial | 102 a 123 | Obligaciones familiares, medidas de protección y restitución. |
| Sistemas de protección | 124 a 137 | Sistema Nacional, sistemas locales y coordinación. |
| Procuradurías | 121 a 123 y 138 en adelante | Representación, protección y seguimiento de casos. |
| Centros y sanciones | 107 en adelante y capítulos finales | Centros de asistencia, supervisión, infracciones y responsabilidades. |

## Plazos importantes

- Niñas y niños deben registrarse dentro de los primeros 60 días de vida.
- Niñas, niños y adolescentes en centros de asistencia social pueden considerarse expósitos o abandonados después de 60 días naturales sin reclamo de derechos, conforme al supuesto legal.
- La autoridad competente debe emitir opinión sobre certificado de idoneidad en un término que no exceda 45 días naturales una vez integrado el expediente.
- El juez familiar o especializado cuenta con 90 días hábiles improrrogables para resolver sobre patria potestad en ciertos procesos vinculados con adopción.
- En resoluciones de adopción, el juez cuenta con 15 días hábiles improrrogables desde la entrega del expediente de adopción.
- El deudor alimentario debe informar cambios de empleo en máximo 15 días hábiles a quien corresponda, conforme a la regla aplicable.

## Derechos principales

- Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo.
- Derecho de prioridad e interés superior.
- Derecho a identidad, nombre, nacionalidad y registro.
- Derecho a vivir en familia y a no ser separados indebidamente.
- Derecho a salud, educación, descanso, juego, cultura y deporte.
- Derecho a igualdad sustantiva, no discriminación e inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad.
- Derecho a participación, libertad de expresión, acceso a información, intimidad y protección de datos.
- Derecho a una vida libre de violencia y a acceso efectivo a la justicia.

## Obligaciones principales

- Las autoridades deben diseñar políticas con enfoque integral, transversal, de género y derechos humanos.
- Autoridades federales, estatales y municipales deben concurrir en protección, promoción y restitución de derechos.
- Familia, comunidad, Estado y sociedad deben respetar y auxiliar la protección de derechos.
- Toda persona que conozca violaciones a derechos de niñas, niños o adolescentes debe hacerlo del conocimiento de autoridad competente.
- Instituciones y centros de asistencia deben cumplir requisitos, supervisión y medidas de protección.
- Autoridades deben asignar recursos y evaluar programas con datos desagregados.

## Autoridades relacionadas

- Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
- Sistemas estatales y municipales de protección.
- Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
- Sistema Nacional DIF y sistemas de las entidades federativas.
- Autoridades educativas, sanitarias, laborales, migratorias, administrativas y jurisdiccionales.
- Comisiones de derechos humanos y organismos constitucionales autónomos.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Registro de nacimiento e identidad.
- Medidas de protección especial y restitución de derechos.
- Denuncia o aviso por vulneración de derechos.
- Certificado de idoneidad y procedimientos de adopción.
- Supervisión y autorización de centros de asistencia social.
- Representación y asesoría por procuradurías de protección.
- Seguimiento de políticas, programas y presupuestos para niñez y adolescencia.

## Sanciones o consecuencias

- La vulneración de derechos puede generar medidas de protección, restitución y responsabilidades administrativas, civiles o penales.
- Centros de asistencia social e instituciones pueden ser sujetos a supervisión, medidas correctivas y sanciones conforme a la ley y disposiciones aplicables.
- La omisión de denunciar o atender casos de vulneración puede activar responsabilidad de autoridades o particulares.
- En adopción, patria potestad, custodia o acogimiento, el incumplimiento puede afectar autorizaciones, resoluciones, seguimiento o guarda.
- La violencia, discriminación, explotación o abuso contra niñas, niños y adolescentes puede generar intervención administrativa, judicial y penal.

## Artículos clave

| Artículo | Importancia |
| --- | --- |
| 1 | Reconoce titularidad de derechos y crea bases del Sistema Nacional de Protección Integral. |
| 2 | Ordena acciones de autoridades y aplicación del interés superior. |
| 4 | Contiene definiciones esenciales. |
| 5 | Define edades de niñas, niños y adolescentes. |
| 6 | Enumera principios rectores. |
| 7 | Ordena garantizar ejercicio, respeto, protección y promoción de derechos. |
| 12 | Obliga a informar casos de vulneración de derechos. |
| 13 | Lista derechos de niñas, niños y adolescentes. |
| 19 | Reconoce derecho a identidad. |
| 30 Bis | Regula aspectos de adopción y certificado de idoneidad. |
| 103 | Señala obligaciones de quienes ejercen patria potestad, tutela o guarda. |
| 125 | Regula integración del Sistema Nacional de Protección Integral. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/).
- [Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares](/CNPCF/).
- [Ley General De Educación](/LGE/).
- [Ley General De Salud](/LGS/).
- [Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia](/LGAMVLV/).
- [Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible](/LGAAS/).
- [Ley General De Desarrollo Social](/LGDS/).

## Reformas y vigencia

Nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014. Última reforma publicada DOF 15-01-2026. El texto vigente debe revisarse junto con reformas recientes sobre perspectiva de género, derechos humanos, protección integral, sistemas de protección y referencias normativas actualizadas.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes?

Trata de reconocer, garantizar, proteger y restituir los derechos de niñas, niños y adolescentes, mediante sistemas de protección, autoridades competentes y obligaciones de familia, Estado y sociedad.

### ¿Quiénes son niñas, niños y adolescentes?

Son niñas y niños las personas menores de doce años, y adolescentes quienes tienen entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años.

### ¿Qué es el interés superior de la niñez?

Es el criterio que debe considerarse de manera primordial en decisiones que involucren o afecten a niñas, niños y adolescentes.

### ¿Qué hago si conozco una vulneración de derechos?

La ley impone a toda persona la obligación de hacerlo del conocimiento de la autoridad competente cuando sepa de violaciones a derechos de niñas, niños o adolescentes.

### ¿Qué autoridades protegen estos derechos?

Intervienen el Sistema Nacional de Protección Integral, sistemas locales, procuradurías de protección, DIF, autoridades educativas, sanitarias, jurisdiccionales y demás autoridades competentes.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgdnna.htm)
- Word oficial: [LGDNNA.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGDNNA.doc)
- PDF oficial: [LGDNNA.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf)
- PDF móvil: [Ley_General_de_los_Derechos_de_Ninas_Ninos_y_Adolescentes.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de_los_Derechos_de_Ninas_Ninos_y_Adolescentes.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
