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law_title: "Ley General De Desarrollo Social"
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# Ley General De Desarrollo Social - Artículo 68

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL SISTEMA NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL
- Capítulo VII - De la Denuncia Popular

```text
Artículo 68. La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

I.	El nombre, denominación o razón social, domicilio y demás datos que permitan la identificación de quien denuncia y, en su caso, de su representante legal;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

II. 	Los actos, hechos u omisiones denunciados;

III. 	Los datos que permitan identificar a la presunta autoridad infractora, y

IV.	Las pruebas que en su caso ofrezca quien denuncia.
Fracción reformada DOF 16-07-2025

La denuncia popular podrá ser anónima, y se sujetará únicamente a lo dispuesto en la legislación aplicable en materia de responsabilidades administrativas.
Párrafo adicionado DOF 25-06-2018
```

## Resumen corto

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Regla de LGDS sobre regla aplicable: La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 68 LGDS, regla aplicable, artículo 68 ley general de desarrollo social

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 68 de LGDS.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 68 de LGDS?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

### ¿Para qué sirve artículo 68?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgds.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGDS.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDS.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
