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law_title: "Ley General De Economía Circular"
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# Ley General De Economía Circular - Artículo 15

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - De las políticas públicas y mecanismos de circularidad
- Capítulo Primero - De la Gestión Circular y su registro

```text
Artículo 15.- La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y documentos siguientes:
I.	Un Análisis del Ciclo de Vida por categoría de Producto. Cuando resulte ambiental, técnica y económicamente inviable, la solicitud podrá contener un estudio del Ciclo de Vida conforme a lo previsto en el acuerdo general de implementación de la REP y en los convenios de concertación previstos en la presente Ley, bajo las modalidades simplificadas que en estos se establezcan;
II.	Mecanismos directos o indirectos de circularidad que le apliquen y las metas que les correspondan;
III.	Convenio de concertación, cuando se hubiese suscrito, y
IV.	Las demás que establezca el acuerdo general de implementación de la REP.
La Gestión Circular debe tener como fundamento las disposiciones aplicables de esta Ley, la LGPGIR, el Reglamento, el acuerdo general de implementación de la REP, el Convenio de Concertación correspondiente y demás normativa aplicable. Deben tomarse en cuenta los instrumentos ambientales autorizados y vigentes que sean compatibles y congruentes con esta Ley.
```

## Resumen corto

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Regla de LGEC sobre regla aplicable: La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y documentos siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y documentos siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 15 LGEC, regla aplicable, artículo 15 ley general de economia circular, Autorizados

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 15 de LGEC.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Autorizados

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 15 de LGEC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y documentos siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 15?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgec.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGEC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGEC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
