# Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente - Artículo 78 bis 1

Clave: LGEEPA
Artículo: 78-bis 1
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 78 bis 1
.- Todos los actos y convenios relativos a la propiedad, posesión o cualquier otro derecho relacionado con bienes inmuebles ubicados en las zonas que fueren materia de las declaratorias a que se refiere el artículo
78 bis
quedarán sujetas a la aplicación de las modalidades previstas en las propias declaratorias.
Los notarios y cualesquiera otros fedatarios públicos, harán constar tal circunstancia al autorizar las escrituras públicas, actos, convenios o contratos en los que intervengan.
Será nulo todo acto, convenio o contrato que contravenga lo establecido en la mencionada declaratoria.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente, artículo 78-bis 1.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
