# Ley General De Educación Superior - Artículo noveno

Clave: LGES_200421
Artículo: noveno
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
noveno.
. El Registro Nacional de Opciones para Educación Superior al que se refiere el artículo
38
de este Decreto deberá estar operando a más tardar en ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor del mismo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Educación Superior, artículo noveno.
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- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
