---
law_key: "LGIPD"
law_title: "Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad"
article_key: "35"
article_label: "Artículo 35"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-35
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LGIPD/articulo/35/"
---

# Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad - Artículo 35

<!-- mley:article law="LGIPD" article="35" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Segundo - Derechos de las Personas con Discapacidad
- Capítulo XII - Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

```text
Artículo 35. Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con la Secretaría de Salud, constituyen el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LGIPD sobre competencia de autoridades: Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a...

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 35 LGIPD, competencia de autoridades, artículo 35 ley general para la inclusion de las personas con discapacidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGIPD, Discapacidad, Sistema, Secretaría de Salud

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 35 de LGIPD.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Secretaría de Salud

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Discapacidad | Es la consecuencia de la presencia de una deficiencia o limitación en una persona, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás | 2 |
| Sistema | Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad | 2 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 35 de LGIPD?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a...

### ¿Para qué sirve artículo 35?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgipd.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGIPD.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
