# Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad - Artículo quinto

Clave: LGIPD
Artículo: quinto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
quinto.
. Los recursos financieros, materiales y humanos para el establecimiento y funcionamiento del organismo que se crea en el presente decreto, serán aquellos con los que cuenta actualmente el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad, artículo quinto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
