# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 115

Clave: LGIPE
Artículo: 115
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Tercero
TÍTULO Tercero
CAPÍTULO VI
Artículo 115
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Para ser Magistrado Electoral se requieren los siguientes requisitos:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación;
Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
Haber residido en el país y en la entidad federativa de que se trate, durante un año anterior al día de la designación;
No haber sido de la entidad federativa de que se trate, gobernador, secretario, procurador, senador, diputado federal o local, durante los cuatro años previos al día de su nombramiento;
Contar con credencial para votar con fotografía;
Acreditar conocimientos en derecho electoral;
i) No desempeñar ni haber desempeñado el cargo de presidente del Comité Ejecutivo Nacional o equivalente de un partido político;
No haber sido registrado como candidato, con excepción de los candidatos independientes, a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años inmediatos anteriores a la designación, y
No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal, distrital o municipal en algún partido político en los seis años inmediatos anteriores a la designación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 115.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
