# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 231

Clave: LGIPE
Artículo: 231
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Quinto
TÍTULO Segundo
CAPÍTULO II
Artículo 231
.
A las precampañas y a los precandidatos que en ellas participen les serán aplicables, en lo conducente, las normas previstas en
esta Ley
respecto de los actos de campaña y propaganda electoral.
El Consejo General emitirá los demás reglamentos y acuerdos que sean necesarios para la debida regulación de los procesos internos de selección de candidatos a cargos de elección popular y las precampañas, de conformidad con lo establecido en
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 231.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
