# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 33

Clave: LGIPE
Artículo: 33
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Tercero
Artículo 33
.
[ El Instituto tiene su domicilio en el Distrito Federal y ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional conforme a la siguiente estructura:
32 delegaciones, una en cada entidad federativa, y
300 subdelegaciones, una en cada distrito electoral uninominal. ]
Numeral reformado DOF
Numeral declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el
y publicada DOF
Podrá contar también con oficinas municipales en los lugares en que el Consejo General determine su instalación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 33.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
