# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 357

Clave: LGIPE
Artículo: 357
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Séptimo
TÍTULO Primero
Artículo 357
.
Las disposiciones contenidas en este Libro, tienen por objeto regular las candidaturas independientes para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, diputados y senadores del Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, en términos de lo dispuesto en la fracción II del artículo
35
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
.
Las legislaturas de las entidades federativas emitirán la normatividad correspondiente en los términos de lo señalado por el inciso p) de la fracción IV del artículo
116
de la Constitución.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 357.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
