# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 433

Clave: LGIPE
Artículo: 433
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Séptimo
TÍTULO Sexto
CAPÍTULO I
Artículo 433
.
1
En la boleta, de acuerdo a la elección de que se trate, aparecerá el nombre completo del Candidato Independiente o de los integrantes de la fórmula de Candidatos Independientes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 433.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
