# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo 83

Clave: LGIPE
Artículo: 83
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

LIBRO Tercero
Artículo 83
.
Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere:
[ Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y ser residente en la sección electoral que comprenda a la casilla; ]
Inciso reformado DOF
Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el
y publicada DOF
Estar inscrito en el Registro Federal de Electores;
Contar con credencial para votar;
Estar en ejercicio de sus derechos políticos;
Tener un modo honesto de vivir;
[ Haber participado en el curso de capacitación electoral impartido por la junta distrital ejecutiva correspondiente; ]
Inciso reformado DOF
Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el
y publicada DOF
No ser servidor público de confianza con mando superior, ni tener cargo de dirección partidista de cualquier jerarquía, y
[ Saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección. ]
Inciso reformado DOF
Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el
y publicada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo 83.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
