# Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales - Artículo sexto

Clave: LGIPE
Artículo: sexto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
sexto.
. El Consejo General del
dictará los acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de
esta Ley
y deberá expedir los reglamentos que se deriven del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.
Las disposiciones generales emitidas por el
o por el
, con antelación a la entrada en vigor del presente Decreto seguirán vigentes, en lo que no se opongan a la Constitución y la
presente Ley
, hasta en tanto el Consejo General del
no emita aquéllas que deban sustituirlas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales, artículo sexto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
