---
law_key: "LGISMH"
law_title: "Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres"
article_key: "27"
article_label: "Artículo 27"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-27
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LGISMH/articulo/27/"
---

# Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres - Artículo 27

<!-- mley:article law="LGISMH" article="27" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO III
- CAPÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES

```text
Artículo 27.- Los gobiernos de las Entidades Federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de las Mujeres o, en su caso, con las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, a la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional.

Así mismo, planearán, organizarán y desarrollarán en sus respectivas circunscripciones territoriales, sistemas estatales de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, procurando su participación programática en el Sistema Nacional.
Artículo reformado DOF 15-01-2026
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LGISMH sobre competencia de autoridades: Los gobiernos de las Entidades Federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los gobiernos de las Entidades Federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de las Mujeres o, en su caso, con las dependencias o entidades de la...

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 27 LGISMH, competencia de autoridades, artículo 27 ley general para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGISMH, Igualdad Sustantiva, Sistema Nacional

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 27 de LGISMH.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Igualdad Sustantiva | Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales | 5 |
| Sistema Nacional | Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres | 5 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 27 de LGISMH?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los gobiernos de las Entidades Federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de las Mujeres o, en su caso, con las dependencias o entidades de la...

### ¿Para qué sirve artículo 27?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgimh.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGISMH.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGISMH.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
