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law_title: "Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias"
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# Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias - Artículo 100

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VII - Del Convenio
- Sección Segunda - De los Efectos del Convenio

```text
Artículo 100. Una vez que las partes se den por satisfechas de las obligaciones de dar, hacer o no hacer pactadas en el Convenio, solicitarán a la persona facilitadora, que informe al Registro Público de la Propiedad y de Comercio o su equivalente, en los términos previstos por las leyes que resulten aplicables, la cancelación de las anotaciones que en su caso se hayan realizado. La anotación quedará cancelada con el otorgamiento de la escritura convenida o al cumplirse el plazo de caducidad de las inscripciones que señalen las leyes aplicables. Los derechos y costos de los trámites correspondientes correrán por cuenta de las partes.

La anotación preventiva de los convenios derivados de los mecanismos alternativos de solución de controversias estará sujeta a caducidad, la cual no podrá exceder de tres años. 
```

## Resumen corto

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Regla de LGMASC sobre regla aplicable: Una vez que las partes se den por satisfechas de las obligaciones de dar, hacer o no hacer pactadas en el Convenio, solicitarán a la persona facilitadora, que informe al...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Una vez que las partes se den por satisfechas de las obligaciones de dar, hacer o no hacer pactadas en el Convenio, solicitarán a la persona facilitadora, que informe al Registro Público de la Propiedad y de Comercio o su equivalente, en los términos...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 100 LGMASC, regla aplicable, artículo 100 ley general de mecanismos alternativos de solucion de controversias, Convenio, Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Partes, Persona Facilitadora

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 100 de LGMASC.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Convenio | Documento físico o electrónico en el que se hacen constar los acuerdos de las partes en los mecanismos alternativos de solución de controversias que ponen fin parcial o totalmente a las mismas o previenen las futuras | 5 |
| Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias | Procedimientos no jurisdiccionales cuyo objeto consiste en propiciar la avenencia entre las partes de manera voluntaria, pacífica y benéfica para ambas, a través de concesiones recíprocas, en una controversia o conflicto presente o futura | 5 |
| Partes | Personas físicas o morales que, voluntariamente y de manera individual o colectiva, deciden prevenir o resolver una controversia o conflicto, a través de alguno de los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en esta Ley y demás que resulten aplicables en los respectivos ámbitos de competencia | 5 |
| Persona Facilitadora | La persona física certificada, para el ejercicio público o privado, cuya función es propiciar la comunicación y avenencia para la solución de controversias entre las partes a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias, previstos en esta Ley y demás que resulten aplicables | 5 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 100 de LGMASC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Una vez que las partes se den por satisfechas de las obligaciones de dar, hacer o no hacer pactadas en el Convenio, solicitarán a la persona facilitadora, que informe al Registro Público de la Propiedad y de Comercio o su equivalente, en los términos...

### ¿Para qué sirve artículo 100?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmasc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMASC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMASC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
