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law_title: "Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias"
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# Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias - Artículo 122

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VIII - De los Centros de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el ámbito administrativo
- Sección Tercera - De las Personas Facilitadoras

```text
Artículo 122. Son requisitos para las personas facilitadoras en materia administrativa:

a)	Para las personas facilitadoras servidoras públicas:

I.	Contar con nacionalidad mexicana;

II.	Realizar las capacitaciones requeridas por el Tribunal de Justicia Administrativa correspondiente;

III.	Aprobar las evaluaciones requeridas por el Tribunal de Justicia Administrativa correspondiente, y 

IV.	No haber sido condenado por delitos de los señalados en el artículo 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b)	Para las personas facilitadoras de los Tribunales de Justicia Administrativa federal o locales, además de las previstas en el inciso anterior, será necesario contar con los requisitos para ocupar el cargo de persona secretaria de acuerdos, proyectista o equivalente, conforme a las leyes orgánicas aplicables;

c)	Para las personas facilitadoras privadas que intervienen en mecanismos alternativos de solución de controversias en sede administrativa, serán aplicables las disposiciones del Capítulo III de la presente Ley.
```

## Resumen corto

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Regla de LGMASC sobre competencia de autoridades: Son requisitos para las personas facilitadoras en materia administrativa:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Son requisitos para las personas facilitadoras en materia administrativa:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 122 LGMASC, competencia de autoridades, artículo 122 ley general de mecanismos alternativos de solucion de controversias, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGMASC, Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Tribunales de Justicia Administrativa

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 122 de LGMASC.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias | Procedimientos no jurisdiccionales cuyo objeto consiste en propiciar la avenencia entre las partes de manera voluntaria, pacífica y benéfica para ambas, a través de concesiones recíprocas, en una controversia o conflicto presente o futura | 5 |
| Tribunales de Justicia Administrativa | El Tribunal Federal de Justicia Administrativa y los Tribunales de Justicia Administrativa de las entidades federativas | 5 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 109

## Leyes que cita este artículo

- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (`CPEUM`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 122 de LGMASC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Son requisitos para las personas facilitadoras en materia administrativa:

### ¿Para qué sirve artículo 122?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmasc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMASC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMASC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
