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law_title: "Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias"
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# Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias - Artículo 78

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - De la Tramitación de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
- Sección Primera - Del Procedimiento

```text
Artículo 78. Son causales de conclusión anticipada del mecanismo alternativo de solución de controversias, las siguientes:

I.	Revelar las partes, información confidencial fuera del trámite del mecanismo; 

II.	Dejar de asistir las partes a dos sesiones consecutivas sin justa causa; 

III.	Manifestación de voluntad de alguna de las partes;

IV.	Cuando la persona facilitadora constate que alguna de las partes mantiene argumentos que impidan continuar con el trámite del mecanismo;

V.	Incurrir, cualquiera de las partes en un comportamiento irrespetuoso, agresivo o con intención notoriamente dilatoria; 

VI.	Por la muerte de alguna de las partes, y

VII.	En los demás casos en que proceda dar por concluido el trámite del mecanismo de conformidad con esta Ley o las correspondientes del ámbito federal o local.
```

## Resumen corto

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Regla de LGMASC sobre regla aplicable: Son causales de conclusión anticipada del mecanismo alternativo de solución de controversias, las siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Son causales de conclusión anticipada del mecanismo alternativo de solución de controversias, las siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 78 LGMASC, regla aplicable, artículo 78 ley general de mecanismos alternativos de solucion de controversias, Partes, Persona Facilitadora

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 78 de LGMASC.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Partes | Personas físicas o morales que, voluntariamente y de manera individual o colectiva, deciden prevenir o resolver una controversia o conflicto, a través de alguno de los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en esta Ley y demás que resulten aplicables en los respectivos ámbitos de competencia | 5 |
| Persona Facilitadora | La persona física certificada, para el ejercicio público o privado, cuya función es propiciar la comunicación y avenencia para la solución de controversias entre las partes a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias, previstos en esta Ley y demás que resulten aplicables | 5 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 78 de LGMASC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Son causales de conclusión anticipada del mecanismo alternativo de solución de controversias, las siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 78?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmasc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMASC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMASC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
