# Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias - Artículo octavo

Clave: LGMASC
Artículo: octavo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
octavo.
. Los Poderes Judiciales de la Federación y de las entidades federativas, a través de los Consejos de la Judicatura o instancia equivalente, deberán llevar a cabo las acciones necesarias para la creación y funcionamiento del Registro de Personas Facilitadoras y del Sistema de Convenios en su respectivo ámbito de competencias.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias, artículo octavo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
