# Ley General En Materia De Delitos Electorales - Artículo segundo

Clave: LGMDE_200521
Artículo: segundo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
segundo.
. Los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del presente Decreto en materia de delitos previstos en el mismo se seguirán tramitando hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos que les dieron origen, salvo que
esta Ley
resulte más benéfica. Lo mismo se observará respecto de la ejecución de las penas correspondientes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General En Materia De Delitos Electorales, artículo segundo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
