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law_title: "Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación"
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# Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación - Artículo 48

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL FOMENTO Y FINANCIAMIENTO DE LAS HUMANIDADES, LAS CIENCIAS, LAS TECNOLOGÍAS Y LA INNOVACIÓN
- Capítulo II - De los Mecanismos e Instrumentos Públicos de Fomento y Apoyo del Gobierno Federal
- Sección Quinta - Del Programa Nacional de Innovación

```text
Artículo 48. El Consejo Nacional, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables debe conducir y coordinar la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Innovación, con el propósito de contribuir al fortalecimiento de la soberanía nacional y la independencia científica y tecnológica del país, así como a la prevención, atención y solución de problemáticas nacionales, sobre la base de agendas públicas en el marco de los Programas Nacionales Estratégicos.

El Programa Nacional de Innovación será diseñado con la participación de universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación, así como del sector social y privado, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática.

El Programa Nacional de Innovación deberá incluir los diagnósticos y prospectivas en materia de desarrollo tecnológico e innovación, así como las áreas estratégicas y líneas de acción correspondientes. De igual manera, deberá establecer, favoreciendo siempre el interés público nacional, las disposiciones necesarias para implementar los mecanismos de fomento y apoyo del Gobierno Federal en materia de desarrollo tecnológico, vinculación e innovación, incluyendo aquéllos orientados a la formación y consolidación de la comunidad y la vinculación corresponsable de los sectores público, social y privado con las universidades, instituciones de educación superior, centros de investigación y la comunidad en general.
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## Resumen corto

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Regla de LGMHCTI sobre regla aplicable: El Consejo Nacional, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables debe conducir y coordinar la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Innovación, con...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El Consejo Nacional, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables debe conducir y coordinar la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Innovación, con el propósito de contribuir al fortalecimiento de la soberanía nacional y la independencia...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 48 LGMHCTI, regla aplicable, artículo 48 ley general en materia de humanidades, ciencias, tecnologias e innovacion, Comunidad, Consejo Nacional, Programas Nacionales Estratégicos, Sector, Sistema Nacional

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 48 de LGMHCTI.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comunidad | Conjunto de comunidades académicas, humanísticas, científicas, tecnológicas y de innovación, incluyendo universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación | 4 |
| Consejo Nacional | Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías | 4 |
| Programas Nacionales Estratégicos | Programas Nacionales Estratégicos en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación | 4 |
| Sector | Conjunto de Centros Públicos coordinados por el Consejo Nacional | 4 |
| Sistema Nacional | Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-F, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 48 de LGMHCTI?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El Consejo Nacional, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables debe conducir y coordinar la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Innovación, con el propósito de contribuir al fortalecimiento de la soberanía nacional y la independencia...

### ¿Para qué sirve artículo 48?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmhcti.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMHCTI.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMHCTI.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
