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law_title: "Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación"
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# Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación - Artículo 68

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DEL CONSEJO NACIONAL
- Capítulo II - De los Órganos de Gobierno y Administración
- Sección Primera - De la Junta de Gobierno

```text
Artículo 68. La Junta de Gobierno estará integrada por la persona titular de la Dirección General, quien la presidirá, y por representantes de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

I.	Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

II.	Secretaría de Bienestar;

III.	Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;

IV.	Secretaría de Cultura;

V.	Secretaría de Economía;

VI.	Secretaría de Educación Pública;

VII.	Secretaría de Energía;

VIII.	Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

IX.	Secretaría de la Defensa Nacional;

X.	Secretaría de Marina;

XI.	Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XII.	Secretaría de Relaciones Exteriores;

XIII.	Secretaría de Salud, y

XIV.	Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Las personas representantes propietarias de las Secretarías de Estado de la Administración Pública Federal deberán contar al menos con el nivel de Subsecretaría y podrán nombrar suplente, quien deberá contar por lo menos con el nivel de Dirección General o equivalente. Las personas representantes propietarias y suplentes serán preferentemente las que tengan entre sus funciones promover la investigación humanística y científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la dependencia de que se trate.

La persona titular de la Presidencia de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional, a partir de las propuestas que realice la persona Coordinadora del Órgano Interno Consultivo, invitará a formar parte de la Junta de Gobierno, con voz y voto, a ocho representantes de la comunidad y de los sectores social y privado, quienes contarán con un suplente. Las invitaciones se realizarán conforme a criterios de paridad de género, equilibrio regional y equidad institucional y sectorial, y se renovarán al menos cada dos años para garantizar el carácter plural e incluyente de la Junta de Gobierno.

Los integrantes a los que se refiere el párrafo anterior deberán hacer del conocimiento de la Junta de Gobierno las opiniones y propuestas que formulen los grupos de trabajo del Órgano Interno Consultivo sobre los asuntos competencia de aquélla.

A las sesiones de la Junta de Gobierno se podrá invitar con voz, pero sin voto, a las personas servidoras públicas, académicas, humanistas, científicas, tecnólogas, innovadoras y, en general, a cualquiera que, por sus conocimientos y experiencia, se estime pudiese contribuir a la deliberación de los asuntos de competencia de la Junta de Gobierno. Asimismo, se invitará a un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que participe con voz, pero sin voto, en las sesiones de la Junta de Gobierno.

Dicho órgano celebrará sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces por año, así como las extraordinarias que proponga la persona titular de la Presidencia o por lo menos la mitad de sus integrantes. Las sesiones requerirán un mínimo de la mitad más uno de sus integrantes para ser válidas. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de sus miembros presentes. De ser el caso, la persona titular de la Presidencia de la Junta de Gobierno tendrá el voto de calidad.

El informe nacional sobre el estado general que guardan las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación será presentado cada año por la persona titular de la Dirección General del Consejo Nacional en una sesión extraordinaria presidida por la persona titular del Ejecutivo Federal.
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## Resumen corto

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Regla de LGMHCTI sobre competencia de autoridades: La Junta de Gobierno estará integrada por la persona titular de la Dirección General, quien la presidirá, y por representantes de las siguientes dependencias y entidades...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta de Gobierno estará integrada por la persona titular de la Dirección General, quien la presidirá, y por representantes de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 68 LGMHCTI, competencia de autoridades, artículo 68 ley general en materia de humanidades, ciencias, tecnologias e innovacion, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGMHCTI, Comunidad, Consejo Nacional, Comisión u órgano colegiado, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Cultura, Secretaría de Salud

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 68 de LGMHCTI.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Secretaría de Educación Pública
- Secretaría de Cultura
- Secretaría de Salud

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comunidad | Conjunto de comunidades académicas, humanísticas, científicas, tecnológicas y de innovación, incluyendo universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación | 4 |
| Consejo Nacional | Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 68 de LGMHCTI?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta de Gobierno estará integrada por la persona titular de la Dirección General, quien la presidirá, y por representantes de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

### ¿Para qué sirve artículo 68?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmhcti.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMHCTI.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMHCTI.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
