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law_title: "Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral"
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# Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral - Artículo 3

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - De los medios de impugnación
- TÍTULO PRIMERO - De las disposiciones generales
- CAPÍTULO II - De los medios de impugnación

```text
Artículo 3.
1. El sistema de medios de impugnación regulado por esta Ley tiene por objeto garantizar:

a) Que todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales en los procesos electorales y de participación ciudadana se sujeten invariablemente, según corresponda, a los principios de constitucionalidad y de legalidad, y

b) La definitividad de los distintos actos y etapas de los procesos electorales.

2. El sistema de medios de impugnación se integra por:

a) El recurso de revisión administrativa, para garantizar la legalidad de actos y resoluciones de la autoridad nacional electoral;

b) El juicio electoral, para garantizar la legalidad de actos y resoluciones de la autoridad nacional electoral y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía;

c) El juicio de revisión constitucional electoral, para garantizar la constitucionalidad de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades federales y de las entidades federativas competentes para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos o de los procesos de participación ciudadana, así como de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y

d) El juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Nacional Electoral y sus personas servidoras públicas.
```

## Resumen corto

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Regla de LGMIME sobre regla aplicable: 1.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. 1.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 3 LGMIME, regla aplicable, artículo 3 ley general de los medios de impugnacion en materia electoral, Poder Judicial de la Federación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 3 de LGMIME.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Poder Judicial de la Federación

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 3 de LGMIME?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. 1.

### ¿Para qué sirve artículo 3?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmime.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMIME.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMIME.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
