# Ley De La Guardia Nacional - Artículo 84

Clave: LGN
Artículo: 84
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 84
. En sus funciones y atribuciones de investigación y combate a los delitos, la Guardia Nacional actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público competente, a fin de que sus actuaciones se lleven a cabo con legalidad y bajo las formalidades necesarias para que los resultados de tales actuaciones puedan presentarse como evidencia válida ante los tribunales.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De La Guardia Nacional, artículo 84.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
