# Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito - Artículo 62

Clave: LGOAAC
Artículo: 62
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 62
.- Cuando la Comisión Nacional Bancaria y de Valores acuerde levantar la intervención con el carácter de gerencia, lo comunicará así al encargado del Registro Público de Comercio que haya hecho el asiento a que se refiere el artículo
60
de
esta Ley
, a efecto de que se proceda a su cancelación.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito, artículo 62.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
