# Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito - Artículo 86-a

Clave: LGOAAC
Artículo: 86-a
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 86-a
.- El
podrá ordenar la suspensión temporal de las operaciones de las casas de cambio, cuando la situación del mercado haga necesaria dicha medida, asimismo cuando infrinjan las disposiciones de carácter general expedidas por el propio Banco Central, de conformidad con lo dispuesto en la fracción V del artículo
84
de
esta Ley
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito, artículo 86-a.
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- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
