# Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito - Artículo 95 bis 1

Clave: LGOAAC
Artículo: 95-bis 1
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 95 bis 1
.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá emitir disposiciones de carácter general, que establezcan mejores prácticas, guías y lineamientos, para proveer a un mejor cumplimiento de las obligaciones a cargo de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, los centros cambiarios y los transmisores de dinero, contenidas en el
presente ordenamiento
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito, artículo 95-bis 1.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
