# Ley General De Población - Artículo 107

Clave: LGP
Artículo: 107
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 107
.- La Cédula de Identidad Ciudadana contendrá cuando menos los siguientes datos y elementos de identificación:
Apellido paterno, apellido materno y nombre (s);
Clave Unica de Registro de Población;
Fotografía del titular;
Lugar de nacimiento;
Fecha de nacimiento; y
Firma y huella dactilar.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Población, artículo 107.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
